|
ESTUDIOS DE CASOS ESPECIFICOS
SAN MIGUEL QUETZALTEPEC
XX distrito electoral, Tamazulapam del Espíritu Santo.
SANTIAGO AMOLTEPEC
X distrito electoral, Ejutla de Crespo.
VILLA HIDALGO YALÁLAG
III distrito electoral Ixtlán de Juárez .
SAN MIGUEL QUETZALTEPEC
XX distrito electoral, Tamazulapam del Espíritu Santo.
Los conflictos electorales en los municipios del régimen de derecho consuetudinario en los últimos años han ido en aumento entre ellos el municipio de San Miguel Quezaltepec, como prueba se cita que con fecha 3 de noviembre del 2001 en este municipio hubo dos asambleas el mismo día para elegir al presidente municipal, el origen de este conflicto se debe a la intromisión de partidos políticos tal es el caso de la visita del Presidente Estatal del PRI a dicho municipio. Ante esto dos días después son agredidos ciudadanos inconformes al cabildo electo, de acuerdo con un reporte de los comuneros y comuneras de ese municipio, dicha agresión fue encabezado por Gregorio Ramírez Aguilar y Luciano Morales Nolasco, quienes se ostentaban como presidente y síndico (oficial) en tanto el presidente municipal afirma que solo hubo pleito en una fiesta.
A esto el Procurador de Justicia del Estado, Sergio H. Santibáñez Franco, desmintió que los hechos ocurridos en la población de San Miguel Quetzaltepec, Mixe, sean producto de una violencia generalizada, señaló que solo fue producto de una riña entre dos grupos de la comunidad, y "no se percibían mayores riesgos de violencia".
Quetzaltepec, como en el resto de las comunidades indígenas del Estado de Oaxaca, todos los servidores públicos -generalmente duran un año en el cargo-. Se eligen en asamblea y no se permite la participación de partidos políticos mucho menos de campañas proselitistas. Es de hecho, uno de los 418 municipios oaxaqueños que desde el 1995, tras una reforma a la constitución local, adoptaron el sistema de usos y costumbres para designar a sus autoridades.
Pese a negociaciones encabezadas por el IEE, en este municipio no se logró un consenso en la comunidad ya que uno de los grupos es apoyado por el PRI y la otra parte es de usos y costumbres de la comunidad.
Sin embargo el Instituto Estatal Electoral valida la asamblea realizada en una casa particular apoyado por el Partido Revolucionario Institucional desconociendo y violando los usos y costumbres del municipio.
Ante esto el grupo de los inconformes presentaron una demanda al (TEPJF) Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedientes SUP - JDC - 023/2002 Y SUP - JDC - 024/2002 acumulados) mismos que fueron presentados por aproximadamente 64 ciudadanos con fecha 22 y 23 de febrero del 2002.
En dichas demandas básicamente se impugnó:
A) El cambio de celebración de la asamblea comunitaria para la elección de concejales al Ayuntamiento Municipal (elección del 3 de diciembre del 2001)
B) El acuerdo por el cual se declaró valida la elección por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Oaxaca, ( 21 de diciembre 2001) y,
C) El decreto del Congreso del Estado por el cual se calificó dicha elección (31de diciembre 2001)
En la sentencia se desecharon las demandas por que la Sala Superior del TEPJF estimó que se habían consumado de manera irreparable los actos de Autoridad y así, Jurídicamente y materialmente, era imposible lograr la modificación o revocación de dichos actos. Se acumularon y resolvieron a través de una misma sentencia el 12 de marzo del 2002.
Los ciudadanos identificados con el presidente municipal de la comunidad recuperan el palacio municipal, luego de ser agredidos por seguidores de Gerino y Marcos Rojas Olivera que tenían en resguardo dicho inmueble.
Habitantes de Quetzaltepec mantienen bloqueado el acceso al municipio para pedir la desaparición de poderes, toda vez que integrantes del municipio popular se niegan a reconocer al alcalde Gregorio Ramírez Aguilar.
Posteriormente el grupo en el poder acordaron conformar el Frente Ciudadano para la Defensa de la Dignidad de Quetzaltepec, en entrevista el edil dijo que con la integración de esa agrupación buscan respaldar las acciones del gobierno municipal y estatal.
Ante la inminente confrontación que podía dejar saldos lamentables, el Ayuntamiento Popular de San Miguel Quetzaltepec propuso a las autoridades estatales la creación y el reconocimiento de un Consejo de Colaboración Municipal como una salida al conflicto político y social en ese pueblo Mixe.
Desde el martes 11 de junio del 2002, el grupo de los inconformes a la administración de Gregorio Ramírez Aguilar obstaculizaron el acceso principal de ese municipio. Al respecto el presidente municipal, acusó que si la autoridad correspondiente no intervenía y aplicaba la justicia para desbloquear el camino "podría haber un choque entre los paisanos y eso no conduciría a nada, más que hacer noticia publica".
Para abrir el diálogo que termine con la fricción de grupos en San Miguel Quetzaltepec, el edil condicionó sentarse a la mesa "siempre y cuando los inconformes desbloquearan el camino principal.
Tras reiterar que el diálogo y la conciliación son los mejores instrumentos para solucionar los problemas entre comunidades y habitantes de Oaxaca, el secretario general de gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud, informo que la falta de voluntad de una de las partes para resolver el conflicto de San Miguel Quetzaltepec Mixe no es imputable al Gobierno del Estado sino a las actuales autoridades municipales.
El conflicto político de San Miguel Quetzaltepec, ha alcanzado niveles de provocación e ilícitos que terminaron en tragedia, según información de habitantes de esa población; ejemplo de ello fue la emboscada que sufrieron tres habitantes de ese municipio Mixe.
Topiles y policías del supuesto presidente municipal de Quetzaltepec, Gregorio Ramírez Aguilar, asesinaron la tarde del 29 de junio a un opositor y miembro del Ayuntamiento popular en resistencia, en tanto la Procuraduría General de Justicia del Estado, confirmó el hecho e informó que un agente del ministerio público fue comisionado a esa municipalidad del distrito Mixe.
Simpatizantes del alcalde de San Miguel Quetzaltepec, mantienen en su poder la oficina de la presidencia del municipio, en tanto el grupo inconforme mantiene bloqueado el acceso principal de ese municipio por no tener participación de los recursos municipales.
El diálogo entre las partes en pugna en San Miguel Quetzaltepec, avanzó y en un momento dado se firmaron los compromisos para respetarse mutua y recíprocamente, esto indicó el Subsecretario de desarrollo municipal del Gobierno del Estado, Joaquín Rodríguez Palacios, en una reunión de trabajo en donde participaron el actual Presidente Municipal, el secretario general de gobierno y Adelfo Regino Montes, estando presente el gobernador del estado acordando dar los recursos a las agencias inconformes y el desbloqueo del camino.
Pero se incumplen dichos acuerdos y se presentan nuevos brotes de confrontación, lo que provoca la realización de una nueva asamblea comunitaria en donde se eligen a las nuevas autoridades municipales que fungirían para el año 2003, como se acostumbra en este municipio.
El IEE no reconoce esta elección de Quetzaltepec, el consejero presidente José Luis Echeverría Morales, informo que el IEE no esta facultado para aprobar la elección, pese a que lo avalan mil 116 ciudadanos tanto de la cabecera como de las agencias Santa Cruz Condoy y San Bosco Chuxnabán. Este organismo en su anterior consejo general, valido la elección para el trienio y la decisión fue ratificada por el Colegio Electoral, del congreso local, que emitió un decreto al respecto y así ya es ley.
Notas periodisticas relacionados al caso, publicados en los diarios de Oaxaca.
La 1ª. Asamblea Comunitaria se realizó en el mes de abril de 2001, en la cual participaron más de mil ciudadanos hombres y mujeres, y se nombraron a los integrantes del cabildo. Todo se desarrolló sin incidentes y Guillermo Roque Velasco fue designado como Presidente Municipal.
La 2ª. Asamblea se llevó a cabo el día 13 de agosto con la participación de 1364 ciudadanos de las 24 Agencias y la Cabecera Municipal; fue conducida por una Mesa de Debates. Los ciudadanos pidieron que se anularan los resultados de la 1ª. Asamblea y se abrió una nueva terna para la elección del Presidente Municipal, quedando la votación así: Guillermo Roque Velasco 546 votos, Aureliano Maldonado Torres 324 y Antonio Roque Cruz 91. Debido a la gran cantidad de participantes, el conteo de los votos fue muy discutido.
El 19 de octubre, los entonces diputados locales electos Juan Díaz Pimentel y Carlos Aragón García (ambos del PRI), así como otros funcionarios públicos, se reunieron en la ciudad de Oaxaca con las Autoridades Municipales y Agrarias y con todos los Agentes de Santiago Amoltepec y les manifestaron que para evitar la violencia en el pueblo, proponían que el próximo Presidente Municipal fuera Antonio Roque Cruz (a quien le levantaron la mano) y que si así lo aceptaban, el pueblo recibiría 2 camionetas y un autobús. Ese día repartieron a cada Agente Municipal mil pesos en efectivo, como una forma de coaccionar la decisión.
En un ambiente de mucha tensión, el día 11 de noviembre, un día antes de lo acordado, se realizó la 3ª. Asamblea General; participaron 1887 ciudadanos. Sin el consenso de los participantes, en medio de confusiones y fuertes discusiones, se integró la terna para presidente municipal y se procedió a la votación: Antonio Roque Cruz 535 votos, Luciano Torres 191 y Petronilo Sánchez 95. Entre los tres candidatos propuestos solamente lograron reunir 821 votos, absteniéndose de participar 1066 ciudadanos, es decir no votó el 56% de la Asamblea. Debido a la abstención, un gran número de personas pedía que se repitiera la votación, pero la Mesa de Debates dio por buena la elección del presidente y entonces muchos ciudadanos comenzaron a abandonar la Asamblea.
Mediante oficio de fecha 5 de diciembre del 2001, el IEE le informa al Presidente de Amoltepec que debía convocar a una nueva Asamblea Comunitaria, con el fin de reponer el proceso de elección. El Presidente Municipal hizo caso omiso de la petición del Instituto Electoral.
El 21 de diciembre del 2001, el IEE validó la elección realizada en la Asamblea del 11 de noviembre; la misma que había ordenado reponer. El Congreso Local, constituido en Colegio Electoral, en su sesión del 28 de diciembre, calificó como válida la tercera Asamblea General Comunitaria realizada en Santiago Amoltepec el 11 de noviembre.
El 14 de Febrero del 2002, un grupo de organizaciones de derechos humanos realiza una misión civil de observación al municipio para verificar las condiciones políticas y sociales que se vive en ese municipio, destacándose un desalojo violento de los inconformes con la autoridad municipal que tenían ocupando el palacio y el portillo en protesta por la fraudulenta asamblea de elección de la autoridad municipal, resultando muertos dos ciudadanos, Lorenzo López y Magdalena Torres, además de heridos y ocasionar daños a sus bienes. Lo cual fue denunciado en su oportunidad a la opinión pública y se pide la intervención del gobierno para deslindar responsabilidad penal de los autores y la solución inmediata del conflicto político.
15 de mayo del 2002, ante la magnitud y gravedad de los hechos, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Oaxaca emitió la Recomendación 11/2002, en la que instruyó: al Congreso Local la desaparición de poderes en el Municipio de Santiago Amoltepec; a la Procuraduría de Justicia del Estado que agilizara las averiguaciones previas de los homicidios y delitos; y a la Dirección de Prevención y Readaptación Social que ordenara la recaptura de Antonio Roque Cruz, Presidente Municipal. Las dos últimas instancias respondieron que acatarían las Recomendaciones pero no las concretan inmediatamente. El Presidente del Congreso Local se declaró en abierto desacato a dicha Recomendación.
El 30 de julio, el Congreso del Estado decretó la Desaparición de Poderes en el Ayuntamiento Constitucional de Santiago Amoltepec, Sola Vega, Oaxaca, solicitando al Ejecutivo Estatal el nombramiento de un Administrador Municipal por un término de 30 días y lo exhortó para que propusiera a CONSTANTINO SANCHEZ GARCIA, BERTOLDO TORRES GARCIA, AURELIANO MARTINEZ PEÑA, VALENTIN VELASCO YESCAS, CANDIDO GARCIA SANCHEZ (Regidor de Hacienda, Síndico Municipal, Regidor de Obras, Regidor de Educación y Regidor de Salud del Ayuntamiento de Amoltepec, respectivamente) y a otros 4 integrantes más de las Agencias Municipales, para la integración del Consejo Municipal. Fue el Decreto No. 111.
El Gobierno del Estado nombró al Administrador Municipal Ausencio García Reyes, sin embargo éste no se instaló en el Municipio de Santiago Amoltepec. El Ayuntamiento suspendido encabezado por Antonio Roque se pronunció en desacato al Decreto del Congreso del Estado y permaneció ilegalmente en funciones; los opositores a Antonio Roque se quejan de intimidaciones y amenazas; no se inició el ciclo escolar; se registra un numeroso éxodo de habitantes del municipio hacia poblaciones vecinas y centros urbanos; se suspende el programa Oportunidades.
Posteriormente, el día 21 de Agosto del presente año, en sesión extraordinaria, el Congreso Local aprobó la integración del Consejo Municipal de Santiago Amoltepec, encabezado por BERTOLDO TORRES GARCIA.
La simulación de Desaparición de Poderes decretada por el Congreso Local solamente fue un ardid para aparentar que con ello dio cumplimiento a la Recomendación No. 11/2002 de la Comisión Estatal de Derecho Humanos del 13 de mayo último. Recomendación que fue rechazada por el Presidente del Congreso Local, Juan Díaz Pimentel y permaneció en desacato por dos meses y medio, durante los cuales se registraron el homicidio de Alejandro López García, varios heridos y otros muchos hechos violentos como la quema de más de 40 viviendas en las comunidades de El Cocal y El Mamey.
El Congreso Local reincidió en la misma dirección al decretar que CONSTANTINO SANCHEZ GARCIA formara parte del Consejo Municipal de Santiago Amoltepec, conociendo que también tenía antecedentes penales por los delitos de privación ilegal de la libertad, homicidio calificado, inhumación clandestina y abuso de autoridad en la averiguación previa 1496(P. J.)/96 o 61/96 y expediente penal 44/96, en el trienio cuando fue Tesorero Municipal. Hubo en estas cuestiones una impunidad institucional y una incapacidad de los partidos políticos para solucionar el conflicto por las vías constitucionales y legítimas.
El 4 de julio el Gobernador del Estado y Diputados del Congreso Local visitaron las dos comunidades en el Municipio de Amoltepec en donde funcionan sendas autoridades, los exhortaron al diálogo y a la paz pero no tocaron el fondo del problema. Los dos grupos en conflicto entendieron que la visita los avalaba a ambos y ocurrieron los lamentables acontecimientos del domingo 30 de Julio, un grupo armado vinculado al presidente municipal Antonio Roque Cruz, se dirigió a la comunidad de Barranca Cocida en donde hirieron a José Roque López y Antonio Roque Velasco, padre y hermano de Guillermo Roque Velasco respectivamente. Días después, los grupos en pugna se enfrentaron, fallece Alejandro López García y resultan gravemente heridos Alfredo García López, Faustino Torres Hernández y Donaciano Velasco Torres. Se temían entonces nuevas escaladas.
Estos graves hechos ocurren después que las Autoridades Municipales y Agrarias de esa región de la Sierra Sur firmaran el 19 de junio, ante el Ejecutivo del Estado, un ACUERDO DE PAZ que privilegiaba el diálogo y la conciliación, compromiso que ratificaron las mismas autoridades municipales el 9 de julio, ante el pleno del Congreso Local realizado en Santa María Sola de Vega. Además, los hechos se dieron a pesar de la presencia en la zona de numerosos contingentes del Ejercito Mexicano y la Policía Preventiva del Estado.
La paz y la tranquilidad social no lograban florecer aún en Santiago Amoltepec, Sola de Vega, Oax. Como resultado de nuevos hechos violentos, murieron Fermín Velasco Hernández y Bernardino Caballero Velasco, además resultaron heridas otras dos personas. A la fecha, el conflicto electoral ha dejado un saldo de 8 asesinatos, aunque por otras causas se han registrado 2 homicidios más así como 15 heridos nuevos.
Finalmente se dio la integración y la toma de posesión del Consejo de Administración Municipal compuesto por ambas partes en pugna, no sin presentarse algunos incidentes violentos durante la toma de posesión del mismo, como el bloqueo del camino para impedir el acceso a la cabecera de una de las partes, el ataque que fue objeto del profesor Augusto Hernández al oponerse a este acto y al inicio de clases, y ser agredido por algunas personas como madres de familias que estaban en desacuerdo con él, llegando incluso a tener que intervenir el Delegado de Gobierno para calmar los ánimos, lo más reciente fue el asalto a uno de los camiones de pasajeros por parte de ladrones o de alguna de las partes según informes de habitantes de la comunidad, por identificar a las personas que robaron. El consejo funciona hoy con muchas dificultades entre sus miembros.
Notas periodisticas relacionados al caso, publicados en los diarios de Oaxaca.
VILLA HIDALGO YALÁLAG
III distrito electoral Ixtlán de Juárez .
Desde el año de 1999, un grupo de ciudadanos de este Municipio ha ocupado el poder Municipal. En ese año, simularon la elección de un nuevo Ayuntamiento Municipal y no obstante que el Instituto Estatal Electoral y el Congreso local invalidaron dicha elección, en el año 2000, se posesionaron del palacio y ejercieron el poder sin tener el reconocimiento oficial. En búsqueda de la paz, una de las partes acepta la situación y espera la nueva elección en este Municipio indígena.
En el año 2000, nuevamente se da una asamblea ilegal e ilegítima donde 200 ciudadanos eligieron el 27 de diciembre a la Autoridad Municipal. En esta ocasión el Instituto Estatal Electoral y el Congreso Local, participaron en esta elección, validando el fraude, con lo cual este grupo nuevamente se hizo del poder Municipal durante el 2001. Nuevamente para no generar conflicto se evita la confrontación por la otra parte.
Pronto las autoridades acabaron el erario Municipal y eliminaron las instituciones comunitarias, pues los funcionarios Municipales eran asalariados, además, no se realizaron tequios, ni funcionó la Asamblea comunitaria. Las acciones del Ayuntamiento fueron tales que un regidor renunció a su cargo.
En el 2001, las cosas no fueron diferentes en lo electoral, nuevamente a través de una de "Asamblea General", en donde 258 ciudadanos eligieron a la autoridad Municipal; la descomposición social y la destrucción de la institucionalidad comunitaria indígena era cada vez más grave, ese año, no se integró el cabildo Municipal en términos de la costumbre, ya que no se integraron 40 topiles Municipales, además el manejo de los recursos ha sido totalmente arbitrario pues se ejerció sin informar a la comunidad y sin rendir los respectivos informes.
En lo electoral en el 2002, se suscribieron ante este Instituto Electoral, diferentes minutas de acuerdo con el grupo en el poder, a fin de sentar las bases y los principios para una elección legal y legítima, en el que se garantizara el ejercicio del derecho Constitucional de votar y ser votado.
En una reunión de trabajo celebrada el día 1° de octubre con ciudadanos de Villa Hidalgo Yalálag, Villa Alta, Oaxaca, con los Consejeros Presidente y Electorales locales del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, con el objeto de dialogar respecto a la elección de concejales en este municipio, razón por la cual el director de elecciones por usos y costumbres manifestó que era en relación a la elección de concejales del Ayuntamiento de Villa Hidalgo Yalálag, Oaxaca que fungirían para el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2003.
El día 6 de mayo de 2002, el Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, solicitó a la autoridad municipal que informara por escrito, a la brevedad posible, la fecha, hora y lugar en la que se realizaría la asamblea general comunitaria, donde se nombrarían a los concejales para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2003, de la misma forma, solicitó si se deseaba que personal de este instituto acudiera a su municipio el día de la elección, en calidad de observadores. El C. Walterio Ruiz Villanueva, Presidente Municipal Constitucional de Villa Hidalgo Yalálag, informó al Instituto Estatal Electoral que las autoridades en funciones y los ciudadanos de ese municipio habían determinado que la asamblea para la elección de sus próximos concejales se llevará a cabo el día 9 de octubre de año 2002, a las 09:00 horas en la cancha municipal, así mismo solicitan la presencia de personal del IEE como observadores en dicha asamblea.
El Taller de Investigación y Difusión de la Lengua y la Tradición Zapoteca "Uken Ke Uken" A.C. mediante oficio sin número de fecha, 24 de septiembre de 2002 solicitó la intervención del Instituto Estatal Electoral para instalar una mesa de diálogo para abordar el conflicto electoral de esa villa zapoteca.
El Consejero Presidente C. Lic. José Luis Echeverría Morales, manifestó a los presentes que el instituto estatal electoral que el objetivo del mismo es coadyuvar que el nombramiento de las autoridades municipales y para celebrar los acuerdos que garantizaran la celebración pacífica de la elección de las nuevas autoridades municipales de Villa Hgo. Yalálag, Oax. Después de dialogar ampliamente y analizar la situación política que prevalecía en esta comunidad zapoteca, se llegaron a los acuerdos de la asamblea.
Las funciones fundamentales del consejo municipal electoral serían:
A) Revisar el padrón municipal comunitario,
B) Únicamente el Presidente y Secretario del Consejo Municipal Electoral presidirían la Asamblea General Comunitaria de elección de las autoridades municipales.
En relación a la integración del ayuntamiento con ambos grupos, los grupos contendientes consultarían ante sus simpatizantes la importancia de la integración del grupo que no obtenga la mayoría de votos en el ayuntamiento de ese municipio, para lo cual se estaría sujeto a lo que las partes determinaran ante el Consejo Municipal Electoral o en su caso la Asamblea General Comunitaria.
Los puntos no previstos y lo necesario para la preparación y desarrollo de la elección de concejales al Ayuntamiento de Villa Hidalgo Yalálag, serían resueltos por el Consejo Municipal Electoral.
El miércoles 9 de octubre del año 2002; los hechos de este día fueron los siguientes:
La Asamblea no reunió el quórum legal para su válida realización.
No se realizó en el lugar de costumbre.
Se relegó a una de las partes a un segundo plano en la asamblea.
Se indujo el voto y la preferencia de la ciudadanía hacia el grupo en el poder instalando un comedor con recursos del Municipio.
Se indujo el voto y la preferencia de la ciudadanía hacía el grupo en el poder, pagando un jornal a los de pozo conejo para asistir a la Asamblea.
Se realizó la asamblea General de ciudadanos, de Villa Hidalgo Yalálag, sin el quórum legal necesario. Por lo que no deberían ser válidos los acuerdos, ni las autoridades surgidas de dicha Asamblea.
Los enviados del Instituto Estatal Electoral, fueron los principales violadores de estos derechos, por lo que ante estas irregularidades, el Consejo General, no debió validar la elección del 9 de octubre de 2002.
En un caso como el de este Municipio de alta conflictividad desde el año de 1999, era necesario una adecuada intervención del Instituto Estatal electoral, en términos del artículo 125 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.
Tampoco puede considerarse democrático el hecho de que los actuales concejales propietarios, vayan a desempeñarse como suplentes para el año 2003, por ejemplo el C. WALTERIO RUIZ VILLANUEVA quien actualmente es Presidente Municipal propietario, se desempeñará como suplente y el C. FRANCISCO TOMAS AQUINO quien se desempeña como Suplente del Presidente, fungirá en el 2003, como Presidente Propietario; así mismo, el C. JOSE JERÓNIMO LUCAS quien actualmente se desempeña como Síndico, se desempeñará como suplente del Síndico para el próximo 2003; También quien ahora es el Suplente del Síndico, será el próximo Regidor de obras, situación que también contraviene las normas de derechos consuetudinario de este Municipio.
La impugnación de un grupo de habitantes del Municipio de Villa Hidalgo Yalálag interpuesta en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE), fue desechado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
De acuerdo a la información emitida por el IEE en un comunicado de prensa, en un primer caso, la demanda del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, fue promovida por Alberto Molina Chinos y otros, en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, el cual declaró como válida la elección de dicho municipio.
Con fecha 28 de noviembre del 2002, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió desechando la demanda del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano.
Actualmente la situación sigue igual sin resolverse del todo.
Notas periodisticas relacionados al caso, publicados en los diarios de Oaxaca. |